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2018. Nuevas fechas de presentación para los modelos fiscales en comunidades de propietarios

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El pasado sábado 18 de noviembre de 2017, fue publicada en el BOE la Orden por la que se aprobaron nuevos plazos de presentación para algunos modelos fiscales. En concreto, nos vamos a centrar en dos de ellos que afectan directamente a las comunidades de propietarios:

El modelo 184 (*) corresponde al REGIMEN DE ATRIBUCION DE RENTAS. Hasta ahora su plazo de presentación límite para este modelo fiscal era el 28 de febrero del año siguiente al declarado. Pues bien, con la nueva Orden, se adelanta este plazo al 31 de ENERO.

(*)Declarativo de imputación de ingresos por rentas superiores a 3000 € anuales. Las comunidades que perciban rentas por alquileres o por ganancias patrimoniales tales como la venta de un espacio común o las subvenciones o indemnizaciones (en este último caso se deberá mirar la diferencia entre lo recibido y lo gastado y se declarará solo en el caso de que exista ganancia patrimonial superior a 3000€), deberán presentar este modelo en el que se detalla el importe que cada comunero, según su coeficiente de propiedad, se debe imputar en su renta.

El modelo 347 (**) corresponde a DECLARACION ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS, también deberá presentarse a 31 de enero, pero a partir del ejercicio 2018, es decir que el plazo de presentación máximo para este ejercicio 2017, todavía se mantiene en el 28 de febrero de 2018.

(**) Declarativo de operaciones de suma anual superior a 3005,06 euros. Lo deben presentar las comunidades cuya facturación recibida al cabo del año por algún proveedor sea superior a esa cantidad.

Puede consultar el texto completo de la Orden en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/boe/dias/2017/11/18/pdfs/BOE-A-2017-13279.pdf

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